X
XLinkedinWhatsAppTelegramTelegram
0
Lee este artículo en:

Finaliza el periodo de adaptación al reglamento de protección de los animales en el momento del sacrificio

Las disposiciones transitorias de esta normativa permitían un periodo transitorio a mataderos o establecimientos existentes antes del 1 de enero de 2013 para que adaptaran sus instalaciones a lo establecido en la legislación.

18 diciembre 2019
X
XLinkedinWhatsAppTelegramTelegram
0

El Reglamento (CE) nº 1099/2009 establece determinadas condiciones que deben cumplir el diseño, la construcción y los equipamientos de los mataderos. No obstante, en las disposiciones transitorias de esta normativa, se establece que estos requisitos se aplicarán a los nuevos mataderos o a los nuevos equipamientos, permitiendo un periodo transitorio para que los mataderos existentes antes de la entrada en vigor del Reglamento (1 de enero de 2013), adaptaran sus instalaciones a lo establecido en la legislación.

El 8 de diciembre de 2019 finalizó este periodo transitorio, con lo que estos mataderos deben haber llevado a cabo las adaptaciones necesarias para cumplir plenamente con todos los requisitos del Reglamento (CE) nº 1099/2009.

Jueves, 12 de diciembre de 2019/ AECOSAN/ España.
http://www.aecosan.msssi.gob.es

Comentarios del artículo

Este espacio no está orientado a ser una zona de consultas a los autores de los artículos sino que pretende ser un lugar de discusión abierto a todos los usuarios de 3tres3
Publica un nuevo comentario

Para comentar debes registrarte en 3tres3 y acceder como usuario.

No estás suscrito a la lista Noticias del sector porcino

Boletín de noticias sobre el mundo del porcino

Accede y apúntate a la lista